{"id":40422,"date":"2026-06-23T08:07:02","date_gmt":"2026-06-23T05:07:02","guid":{"rendered":"https:\/\/serkalaw.com\/privatizacion-contratacion-publica-turquia-guia-juridica\/"},"modified":"2026-06-23T08:07:02","modified_gmt":"2026-06-23T05:07:02","slug":"privatizacion-contratacion-publica-turquia-guia-juridica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/serkalaw.com\/es\/privatizacion-contratacion-publica-turquia-guia-juridica\/","title":{"rendered":"Privatizaci\u00f3n y contrataci\u00f3n p\u00fablica en Turqu\u00eda: gu\u00eda jur\u00eddica"},"content":{"rendered":"<figure class=\"serka-lead-fig\" style=\"margin:0 0 1.6rem;text-align:center;\"><img fetchpriority=\"high\" width=\"800\" height=\"447\" src=\"https:\/\/serkalaw.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/45-privatization-public-procurement-1600x893.jpg\" class=\"serka-lead-img\" alt=\"Privatizaci\u00f3n y contrataci\u00f3n p\u00fablica en Turqu\u00eda: gu\u00eda jur\u00eddica\" loading=\"eager\" fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" srcset=\"https:\/\/serkalaw.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/45-privatization-public-procurement-1600x893.jpg 1600w, https:\/\/serkalaw.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/45-privatization-public-procurement-768x429.jpg 768w, https:\/\/serkalaw.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/45-privatization-public-procurement-1536x857.jpg 1536w, https:\/\/serkalaw.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/45-privatization-public-procurement-2048x1143.jpg 2048w\" sizes=\"(max-width: 800px) 100vw, 800px\" \/><\/figure>\n<p><strong>Por Av. Serkan Kara<\/strong>, Colegio de Abogados de Estambul n.\u00ba 53770. \u00daltima actualizaci\u00f3n: 14 de junio de 2026.<\/p>\n<p>La privatizaci\u00f3n en Turqu\u00eda se rige por la Ley de Privatizaci\u00f3n n.\u00ba 4046, administrada por la Administraci\u00f3n de Privatizaci\u00f3n (\u00d6zelle\u015ftirme \u0130daresi Ba\u015fkanl\u0131\u011f\u0131), mientras que la contrataci\u00f3n p\u00fablica se rige por la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734, supervisada por la Autoridad de Contrataci\u00f3n P\u00fablica (Kamu \u0130hale Kurumu). Los inversores extranjeros y las empresas transfronterizas pueden adquirir activos estatales privatizados y competir en licitaciones p\u00fablicas en igualdad de condiciones con los licitadores nacionales, siempre que cumplan los requisitos de elegibilidad, garant\u00eda y documentaci\u00f3n que establecen ambas leyes. Esta gu\u00eda explica c\u00f3mo funciona cada r\u00e9gimen, qu\u00e9 procedimientos y plazos rigen una licitaci\u00f3n, c\u00f3mo se emplean los modelos de Asociaci\u00f3n P\u00fablico-Privada y de Construcci\u00f3n-Operaci\u00f3n-Transferencia para infraestructuras, y d\u00f3nde se concentra el riesgo jur\u00eddico para un participante internacional.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ley rige la privatizaci\u00f3n en Turqu\u00eda?<\/h2>\n<p>La privatizaci\u00f3n en Turqu\u00eda se rige por la Ley de Privatizaci\u00f3n n.\u00ba 4046, que establece c\u00f3mo se transfieren la propiedad y la explotaci\u00f3n de las empresas y activos estatales al sector privado. El programa lo gestiona la Administraci\u00f3n de Privatizaci\u00f3n (\u00d6zelle\u015ftirme \u0130daresi Ba\u015fkanl\u0131\u011f\u0131), el organismo p\u00fablico responsable de preparar los activos para su venta, llevar a cabo las licitaciones y completar las transferencias. La ley est\u00e1 concebida para mejorar la eficiencia, ampliar la competencia y atraer capital extranjero hacia sectores antes en manos del Estado, como las telecomunicaciones, la energ\u00eda, la banca y el transporte.<\/p>\n<p>Para un adquirente internacional, el punto pr\u00e1ctico es que la privatizaci\u00f3n es un proceso estructurado y regido por la ley, no una negociaci\u00f3n privada. Cada transacci\u00f3n avanza a trav\u00e9s de m\u00e9todos y aprobaciones definidos, y un comprador extranjero recibe el mismo trato que uno nacional. Acertar con la estructura societaria, de competencia y de inversi\u00f3n desde el principio es lo que determina si una oferta exitosa se convierte limpiamente en una propiedad segura.<\/p>\n<h2>\u00bfCu\u00e1les son los principales m\u00e9todos de privatizaci\u00f3n?<\/h2>\n<p>Conforme a la Ley de Privatizaci\u00f3n n.\u00ba 4046, los activos estatales se transfieren mediante varios m\u00e9todos definidos en lugar de un \u00fanico mecanismo de venta, y la Administraci\u00f3n de Privatizaci\u00f3n selecciona la v\u00eda que se ajusta al activo y al objetivo de pol\u00edtica p\u00fablica. A continuaci\u00f3n se indican los m\u00e9todos de uso m\u00e1s frecuente.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Venta en bloque:<\/strong> venta de un paquete de acciones de control o significativo de una empresa estatal a un \u00fanico inversor o consorcio.<\/li>\n<li><strong>Oferta p\u00fablica:<\/strong> venta de acciones al p\u00fablico a trav\u00e9s de los mercados de capitales, ampliando la base de propiedad.<\/li>\n<li><strong>Venta de activos:<\/strong> venta de activos o l\u00edneas de negocio concretos en lugar de la entidad completa.<\/li>\n<li><strong>Transferencia a partes interesadas:<\/strong> venta, arrendamiento o cesi\u00f3n de derechos de explotaci\u00f3n a partes cualificadas, incluidas modalidades de tipo concesional.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Cada m\u00e9todo conlleva un perfil de riesgo distinto para el comprador, en particular en lo relativo a la diligencia debida, las obligaciones posteriores al cierre y cualquier autorizaci\u00f3n regulatoria sectorial. Confirme qu\u00e9 m\u00e9todo se aplica al activo concreto y qu\u00e9 aprobaciones desencadena antes de comprometer capital, porque la documentaci\u00f3n y la v\u00eda de autorizaci\u00f3n en materia de competencia difieren entre estas opciones.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 ley rige la contrataci\u00f3n p\u00fablica y las licitaciones?<\/h2>\n<p>La contrataci\u00f3n p\u00fablica en Turqu\u00eda se rige por la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734, que regula c\u00f3mo las autoridades e instituciones p\u00fablicas adquieren bienes, servicios y obras, y la Autoridad de Contrataci\u00f3n P\u00fablica (Kamu \u0130hale Kurumu) supervisa el cumplimiento y resuelve las reclamaciones en materia de contrataci\u00f3n. La ley se asienta en la transparencia, la igualdad de trato, la no discriminaci\u00f3n y el valor para los fondos p\u00fablicos, y exige que cada fase de una licitaci\u00f3n se lleve a cabo de forma abierta y con constancia documental. Las empresas extranjeras pueden participar en licitaciones p\u00fablicas turcas, y el principio de no discriminaci\u00f3n implica que un licitador extranjero cualificado no puede ser excluido por raz\u00f3n de nacionalidad u origen \u00fanicamente.<\/p>\n<p>Para un licitador transfronterizo, el marco es una ventaja m\u00e1s que una barrera: las normas est\u00e1n codificadas, los criterios se publican con antelaci\u00f3n y un licitador que considere que el proceso se aplic\u00f3 de forma injusta dispone de una v\u00eda de reclamaci\u00f3n legal definida. La disciplina que impone la ley es de car\u00e1cter procedimental, de modo que omitir un requisito documental o de plazo \u2014y no una debilidad comercial\u2014 es la raz\u00f3n m\u00e1s habitual por la que fracasa una oferta competitiva.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 procedimientos de licitaci\u00f3n establece la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica?<\/h2>\n<p>La Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734 establece procedimientos de licitaci\u00f3n diferenciados, y la autoridad contratante selecciona el que se ajusta al valor y la complejidad del contrato. Las v\u00edas principales son el procedimiento abierto, el procedimiento restringido y el procedimiento negociado, complementados por mecanismos que fomentan soluciones innovadoras para necesidades de investigaci\u00f3n y desarrollo.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Procedimiento abierto:<\/strong> el m\u00e9todo est\u00e1ndar y m\u00e1s com\u00fan, abierto a todos los licitadores interesados que cumplan los criterios de elegibilidad publicados.<\/li>\n<li><strong>Procedimiento restringido:<\/strong> solo se invita a presentar oferta a licitadores precualificados, normalmente para contratos complejos que requieren capacidades especializadas.<\/li>\n<li><strong>Procedimiento negociado:<\/strong> la autoridad negocia con los licitadores preseleccionados tras una selecci\u00f3n inicial, en los supuestos definidos que permite la ley.<\/li>\n<li><strong>Asociaci\u00f3n orientada a la innovaci\u00f3n:<\/strong> modalidades que asocian al sector p\u00fablico con proveedores privados para desarrollar soluciones innovadoras cuando no existe un producto est\u00e1ndar disponible.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las ofertas se presentan, eval\u00faan y adjudican con arreglo a criterios predefinidos, y todo el ciclo se gestiona cada vez m\u00e1s a trav\u00e9s de la plataforma nacional de contrataci\u00f3n electr\u00f3nica (la Plataforma Electr\u00f3nica de Contrataci\u00f3n P\u00fablica), que publica los anuncios, recibe las ofertas y permite la evaluaci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 garant\u00edas y plazos se aplican a los licitadores?<\/h2>\n<p>La Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734 vincula garant\u00edas financieras y plazos estrictos a una licitaci\u00f3n, y estos son los puntos donde un licitador extranjero no preparado tropieza con m\u00e1s frecuencia. Por lo general, se exige al licitador aportar una garant\u00eda de oferta al presentar su propuesta, y el adjudicatario debe aportar una garant\u00eda de cumplimiento antes de que el contrato surta efecto; los porcentajes empleados para calcular estos importes est\u00e1n fijados por ley y reglamento, de modo que conviene confirmar las cifras vigentes en el momento de la presentaci\u00f3n en lugar de basarse en un tipo fijo. La subcontrataci\u00f3n solo se permite dentro de los l\u00edmites que admite la ley, lo cual incide en c\u00f3mo un contratista principal extranjero estructura la ejecuci\u00f3n local.<\/p>\n<p>Los plazos son igual de decisivos. Un licitador que objete una decisi\u00f3n de contrataci\u00f3n debe utilizar el proceso legal de reclamaci\u00f3n y revisi\u00f3n, y el recurso debe interponerse dentro del breve plazo establecido por la ley; ese plazo se mide en d\u00edas, no en semanas, por lo que conviene confirmar la fecha l\u00edmite exacta vigente para su licitaci\u00f3n y actuar de inmediato ante una decisi\u00f3n desfavorable. Dejar transcurrir el plazo legal de reclamaci\u00f3n normalmente cierra la posibilidad de impugnaci\u00f3n, raz\u00f3n por la cual la revisi\u00f3n jur\u00eddica deber\u00eda comenzar en el momento en que aparece un resultado desfavorable, y no despu\u00e9s.<\/p>\n<h2>\u00bfC\u00f3mo se emplean los modelos de APP y de Construcci\u00f3n-Operaci\u00f3n-Transferencia para infraestructuras?<\/h2>\n<p>Una Asociaci\u00f3n P\u00fablico-Privada (APP) es un acuerdo a largo plazo en el que el gobierno y entidades del sector privado financian, dise\u00f1an, construyen y explotan conjuntamente activos p\u00fablicos, y Turqu\u00eda emplea de forma extensa estructuras de APP y de Construcci\u00f3n-Operaci\u00f3n-Transferencia (BOT) para infraestructuras. Bajo un modelo BOT, una parte privada construye y explota una instalaci\u00f3n durante un per\u00edodo de concesi\u00f3n definido y, a continuaci\u00f3n, la transfiere de nuevo al Estado. Estas estructuras se utilizan en transporte (carreteras, puentes, aeropuertos, ferrocarriles), energ\u00eda (centrales el\u00e9ctricas y transmisi\u00f3n), sanidad (hospitales) y centros educativos.<\/p>\n<p>Los rasgos distintivos de una APP son el reparto del riesgo entre la parte p\u00fablica y la privada seg\u00fan qui\u00e9n est\u00e9 mejor situado para gestionar cada riesgo, un compromiso contractual a largo plazo que favorece la estabilidad del proyecto y un objetivo de valor por el dinero que aprovecha la eficiencia del sector privado. Para un patrocinador o prestamista internacional, el contrato lo es todo: la selecci\u00f3n del proyecto, la asignaci\u00f3n precisa del riesgo de construcci\u00f3n, de demanda y de divisa, y un mecanismo s\u00f3lido de gesti\u00f3n contractual y resoluci\u00f3n de controversias determinan si el proyecto genera rentabilidad o se convierte en un pasivo.<\/p>\n<h2>Procedimiento abierto o negociado: \u00bfqu\u00e9 v\u00eda corresponde?<\/h2>\n<p>Dos participantes en un mismo sector pueden enfrentarse a procedimientos distintos seg\u00fan el valor y la naturaleza del contrato, por lo que conviene ver las v\u00edas principales una al lado de otra antes de licitar. El procedimiento abierto maximiza la competencia y la transparencia, mientras que las v\u00edas restringida y negociada existen para contratos que requieren precualificaci\u00f3n o cierta flexibilidad definida. La siguiente tabla expone el uso t\u00edpico y la principal implicaci\u00f3n pr\u00e1ctica para un licitador.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Procedimiento<\/th>\n<th>Uso t\u00edpico<\/th>\n<th>Implicaci\u00f3n para el licitador<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Procedimiento abierto<\/td>\n<td>Contratos est\u00e1ndar de bienes, servicios y obras<\/td>\n<td>Mayor competencia; el \u00e9xito depende del precio y del pleno cumplimiento documental<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Procedimiento restringido<\/td>\n<td>Contratos complejos que requieren capacidades especializadas<\/td>\n<td>Fase de precualificaci\u00f3n; acreditar la capacidad t\u00e9cnica y financiera desde el inicio<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Procedimiento negociado<\/td>\n<td>Supuestos definidos permitidos por la ley<\/td>\n<td>Preselecci\u00f3n m\u00e1s negociaci\u00f3n; los t\u00e9rminos pueden afinarse, pero solo dentro de los l\u00edmites legales<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Sea cual sea el procedimiento aplicable, la adjudicaci\u00f3n se realiza con arreglo a criterios publicados con antelaci\u00f3n, y la plataforma de contrataci\u00f3n electr\u00f3nica deja constancia de cada paso. Identificar el procedimiento correcto en la fase de anuncio le indica al licitador qu\u00e9 preparar, c\u00f3mo acreditar su capacidad y d\u00f3nde se sit\u00faan los plazos vinculantes.<\/p>\n<h2>\u00bfD\u00f3nde se concentra el riesgo jur\u00eddico transfronterizo?<\/h2>\n<p>Para los inversores extranjeros, los asesores jur\u00eddicos internos y las empresas transfronterizas, el riesgo jur\u00eddico en la privatizaci\u00f3n y la contrataci\u00f3n turcas se sit\u00faa en los niveles estructural y de controversias, m\u00e1s que en la licitaci\u00f3n cotidiana. En la entrada, las principales exposiciones son la autorizaci\u00f3n en materia de competencia y de control de concentraciones para una adquisici\u00f3n en bloque, las autorizaciones regulatorias sectoriales y una diligencia debida precisa sobre el activo que se privatiza. En la ejecuci\u00f3n, las exposiciones son las garant\u00edas de oferta y de cumplimiento, los l\u00edmites a la subcontrataci\u00f3n y las obligaciones de gesti\u00f3n contractual a lo largo de una concesi\u00f3n prolongada.<\/p>\n<p>En cuanto a las controversias, la v\u00eda depende del contrato y del elemento transfronterizo. Las reclamaciones en materia de contrataci\u00f3n siguen el proceso legal de revisi\u00f3n ante la Autoridad de Contrataci\u00f3n P\u00fablica. Las controversias mercantiles derivadas de una venta de privatizaci\u00f3n o de un contrato de APP pueden resolverse mediante litigio o, cuando el contrato as\u00ed lo prevea, mediante arbitraje internacional, cuyo laudo es ejecutable en los numerosos Estados parte del Convenio de Nueva York. Cuando una controversia presenta un elemento extranjero, la Ley de Derecho Internacional Privado y Procesal n.\u00ba 5718 determina qu\u00e9 tribunales tienen competencia y qu\u00e9 ley resulta aplicable. Incorporar el foro, la ley aplicable y el paquete de garant\u00edas al contrato en la fase de redacci\u00f3n es mucho m\u00e1s econ\u00f3mico que litigarlos tras un incumplimiento.<\/p>\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<h3>\u00bfPuede una empresa extranjera participar en una licitaci\u00f3n p\u00fablica turca?<\/h3>\n<p>S\u00ed. La Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734 se asienta en la igualdad de trato y la no discriminaci\u00f3n, de modo que una empresa extranjera cualificada puede participar en licitaciones p\u00fablicas turcas en las mismas condiciones que un licitador nacional y no puede ser excluida por raz\u00f3n de nacionalidad u origen \u00fanicamente. El licitador debe cumplir igualmente los requisitos de elegibilidad, garant\u00eda y documentaci\u00f3n publicados de la licitaci\u00f3n concreta, que es donde la mayor\u00eda de las ofertas extranjeras requieren preparaci\u00f3n jur\u00eddica.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 garant\u00eda financiera exige una licitaci\u00f3n p\u00fablica?<\/h3>\n<p>Conforme a la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734, el licitador aporta por lo general una garant\u00eda de oferta junto con su propuesta, y el adjudicatario aporta una garant\u00eda de cumplimiento antes de que el contrato surta efecto. Los porcentajes empleados para calcular estos importes est\u00e1n fijados por ley y reglamento y pueden variar, por lo que conviene confirmar las cifras vigentes en el momento de la presentaci\u00f3n en lugar de basarse en un tipo fijo. La garant\u00eda tiene por objeto proteger a la autoridad contratante frente a la retirada o el incumplimiento.<\/p>\n<h3>\u00bfCon qu\u00e9 rapidez debo impugnar una decisi\u00f3n de contrataci\u00f3n?<\/h3>\n<p>Un licitador que objete una decisi\u00f3n de contrataci\u00f3n debe utilizar el proceso legal de reclamaci\u00f3n y revisi\u00f3n supervisado por la Autoridad de Contrataci\u00f3n P\u00fablica, y el recurso debe interponerse dentro del breve plazo establecido por la Ley de Contrataci\u00f3n P\u00fablica n.\u00ba 4734. Ese plazo se mide en d\u00edas, por lo que conviene confirmar la fecha l\u00edmite exacta vigente para su licitaci\u00f3n y actuar de inmediato ante una decisi\u00f3n desfavorable; dejar transcurrir el plazo legal normalmente cierra la posibilidad de impugnaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>\u00bfCu\u00e1l es la diferencia entre una privatizaci\u00f3n y una APP?<\/h3>\n<p>La privatizaci\u00f3n conforme a la Ley de Privatizaci\u00f3n n.\u00ba 4046 transfiere de forma permanente la propiedad o la explotaci\u00f3n de un activo estatal al sector privado, mediante m\u00e9todos como la venta en bloque, la oferta p\u00fablica o la venta de activos. Una Asociaci\u00f3n P\u00fablico-Privada, incluido un modelo de Construcci\u00f3n-Operaci\u00f3n-Transferencia, es un contrato a largo plazo en el que una parte privada financia, construye y explota una instalaci\u00f3n p\u00fablica y, bajo el modelo BOT, la transfiere de nuevo al Estado tras el per\u00edodo de concesi\u00f3n. La privatizaci\u00f3n cambia la titularidad; una APP reparte el riesgo durante un plazo definido.<\/p>\n<h2>Hable con un abogado de derecho societario y mercantil<\/h2>\n<p>Si est\u00e1 preparando una oferta de privatizaci\u00f3n, participando en una licitaci\u00f3n p\u00fablica o estructurando un proyecto de APP o de Construcci\u00f3n-Operaci\u00f3n-Transferencia en Turqu\u00eda, el momento de asegurar su posici\u00f3n es antes de que venza el pr\u00f3ximo plazo legal. Nuestro equipo asesora a inversores extranjeros, asesores jur\u00eddicos internos y empresas transfronterizas en materia de requisitos de elegibilidad y garant\u00eda, autorizaci\u00f3n en materia de competencia, documentaci\u00f3n de ofertas y contratos, y resoluci\u00f3n de controversias. Conozca m\u00e1s sobre nuestros <a href=\"https:\/\/serkalaw.com\/es\/service\/derecho-corporativo-comercial-turquia\/\">servicios de derecho societario y mercantil<\/a> y, a continuaci\u00f3n, solicite una evaluaci\u00f3n confidencial para que podamos revisar la licitaci\u00f3n o la transacci\u00f3n y exponerle sus opciones por escrito.<\/p>\n<p>Lectura relacionada: <a href=\"https:\/\/serkalaw.com\/es\/asesoria-juridica-corporativa\/\">asesoramiento jur\u00eddico societario en Turqu\u00eda<\/a>, <a href=\"https:\/\/serkalaw.com\/es\/abogado-empresa-consultoria-legal\/\">abogado de empresa y consultor\u00eda jur\u00eddica<\/a> y <a href=\"https:\/\/serkalaw.com\/es\/derecho-mercantil-constitucion-de-empresas-y-fusiones-en-turquia\/\">derecho de los negocios y fusiones y adquisiciones<\/a>.<\/p>\n<p><em>Informaci\u00f3n general, no asesoramiento jur\u00eddico. Derecho turco; verifique su situaci\u00f3n concreta con un asesor cualificado.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Av. Serkan Kara, Colegio de Abogados de Estambul n.\u00ba 53770. \u00daltima actualizaci\u00f3n: 14 de junio de 2026. 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