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Inclusión de la familia en la ciudadanía turca por inversión

El cónyuge extranjero del inversor y los hijos extranjeros, del inversor o de su cónyuge, que sean menores o dependientes adquieren la nacionalidad turca en la misma solicitud que el inversor, sin una segunda inversión (Ley n.º 5901 de Ciudadanía Turca, artículo 12.1.b)). No decide quién entra el formulario de solicitud, sino los documentos de estado civil: actas de matrimonio y de nacimiento y resoluciones sobre la patria potestad, apostilladas o legalizadas y con traducción jurada al turco, cuyos nombres y fechas coincidan de un documento a otro. La traducción al turco la hacemos nosotros y la sometemos a la revisión y aprobación de un traductor jurado; la familia solo aporta los originales o sus escaneos. La minoría de edad se mide por el derecho turco, y un hijo mayor de edad entra como dependiente, con documentos reunidos antes de presentar la solicitud.

Para una familia que compra inmueble, el 28 de septiembre de 2026 alivió el calendario. El TTB puede tener ahora doce meses, no seis, en la fecha de la solicitud de la operación registral para la nacionalidad, y la tasación la firma cualquier sociedad autorizada por el SPK y no solo GEDAŞ; el umbral se queda en 400.000 USD, y si la vendedora es una sociedad de inversión inmobiliaria (GYO), queda sin TTB pero vende para la nacionalidad únicamente con el informe de la unidad que divulgó en KAP o con otro pedido por WebTapu o TADEBİS. Quien todavía reúne actas de matrimonio, de nacimiento o pruebas de dependencia antes de comprar tiene el doble de tiempo antes de que caduque el TTB.

¿Quién puede incluirse en la solicitud?

El cónyuge del inversor y los hijos menores o dependientes, que adquieren la nacionalidad a la vez que el inversor principal. El vínculo es el que reconoce el Código Civil turco (Ley n.º 4721), y se prueba con documentos de estado civil, nunca con una simple declaración. Un hijo mayor de edad solo entra como hijo dependiente, con documentos que prueben la dependencia reunidos antes de presentar la solicitud; los padres y los hermanos del inversor quedan fuera de esta norma y necesitan una base jurídica propia.

La ley nombra a los hijos del inversor y a los de su cónyuge (artículo 12.1.b) de la Ley n.º 5901): el hijo del cónyuge entra, por tanto, en el expediente. El hijo del cónyuge, el hijo adoptivo y el hijo bajo la custodia exclusiva o compartida de un progenitor necesitan cada uno su propia prueba. La composición de la familia se fija antes de invertir, porque un miembro añadido o corregido después retiene a toda la familia.

¿Qué normas rigen la inclusión de la familia?

La Ley n.º 5901 de Ciudadanía Turca y su Reglamento de aplicación fijan las vías de inversión y la inclusión del cónyuge y de los hijos menores o dependientes. Las relaciones familiares en sí las define el Código Civil turco (Ley n.º 4721), y los documentos y resoluciones extranjeros se rigen por la Ley de Derecho Internacional Privado y Procesal n.º 5718.

Las dos ramas responden a preguntas distintas. El derecho de la nacionalidad dice si el expediente es admisible; el derecho civil dice quién es cónyuge o hijo dependiente y cómo surte efecto en Turquía un divorcio o una resolución extranjera sobre la patria potestad. El reconocimiento de una resolución judicial extranjera se rige por la Ley n.º 5718, mientras que un documento extranjero de estado civil necesita la apostilla o, si procede de un Estado que no es parte del Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, la legalización diplomática o consular: la inclusión de la familia es trabajo de abogado, no un trámite de ventanilla.

¿Cómo funciona paso a paso la inclusión de la familia?

En un orden fijo: establecer la composición de la familia, reunir y legalizar los documentos de estado civil, confirmar la inversión y, después, presentar juntas la solicitud del inversor y las de su familia, para que la familia se examine en un solo expediente. Quién entra se decide al principio, antes de que se haga la inversión.

  1. Establecer la composición de la familia. El cónyuge, cada hijo menor, y cualquier hijo del cónyuge, hijo adoptivo o cuestión de patria potestad. Quién entrará se decide antes de elegir la vía de inversión.
  2. Reunir la prueba. Los documentos de matrimonio, nacimiento, custodia e identidad de cada persona incluida, con la apostilla o la legalización y la traducción jurada que cada uno necesita.
  3. Confirmar la inversión. Comprobar que la vía elegida alcanza el umbral del Reglamento y que sus documentos resistirán un control posterior.
  4. Resolver el reconocimiento. Obtener en Turquía, conforme a la Ley n.º 5718 y antes de presentar la solicitud, el reconocimiento de cualquier divorcio o resolución extranjera sobre la patria potestad de la que dependa el expediente.
  5. Presentar juntas las solicitudes. La solicitud del inversor y las de su familia salen juntas, sobre documentos que coinciden entre sí.

¿Cuánto se tarda en incluir a los familiares?

Lo mismo que la solicitud del inversor, cuando los documentos de la familia se preparan a la vez que los suyos. El retraso viene casi siempre de un documento: una apostilla que falta, una resolución de custodia sin traducir o una discrepancia de estado civil descubierta tarde, que detiene a toda la familia.

La determinación de la inversión, el permiso de residencia y la decisión de nacionalidad tienen cada uno sus plazos, fijados por las administraciones, y esos plazos cambian. En nuestros expedientes de 2019 a 2021, un expediente bien preparado tardaba de tres a cuatro meses; en 2026 la investigación de seguridad y de archivo ha retenido muchos expedientes bastante más de cuatro meses, y las resoluciones han salido por tandas. El expediente familiar se monta, por tanto, completo desde el primer día y no con la vista puesta en una fecha.

¿Cambia la inclusión de la familia el importe de la inversión o su coste?

La inversión no cambia: el importe es el mismo para una persona que para toda una familia, 400.000 USD en inmuebles o 500.000 USD en las demás vías de capital (artículo 20.2 del Reglamento de aplicación), y la única inversión del inversor principal sostiene a toda la familia. Lo que aumenta es el trabajo sobre los documentos, porque cada miembro añade documentos de estado civil que hay que legalizar, traducir y hacer coincidir con los demás, además de las tasas que el Estado cobra por cada solicitante.

¿Qué documentos se necesitan para incluir al cónyuge y a los hijos?

Para cada miembro incluido, documentos de identidad y de vínculo legalizados: el acta de matrimonio del cónyuge, el acta de nacimiento de cada hijo y los documentos de custodia, adopción o del hijo del cónyuge cuando el vínculo no es una simple filiación por nacimiento. Cada documento lleva apostilla o legalización y traducción jurada al turco, y los nombres y las fechas coinciden en todo el expediente.

  • El acta de matrimonio
  • El acta de nacimiento de cada hijo menor o dependiente
  • Las resoluciones de custodia, tutela o patria potestad, cuando las haya
  • Los documentos de adopción o del hijo del cónyuge cuando el vínculo no nace de la filiación
  • Pasaporte vigente y documentos nacionales de estado civil de cada solicitante incluido
  • La apostilla o la legalización consular de cada documento, con su traducción jurada al turco
  • La resolución de reconocimiento de cualquier matrimonio, divorcio o resolución de custodia extranjeros que deba surtir efecto en Turquía

Un expediente familiar suele fallar por un documento que falta, que contradice a otro o que no está debidamente legalizado, y no por un vínculo realmente dudoso. Cada persona incluida se vincula, por tanto, a un documento legalizado antes de que se haga la inversión.

¿Quién cuenta como hijo dependiente para la ciudadanía turca?

La ley da al hijo dos entradas: no haber alcanzado la mayoría de edad, o ser dependiente («ergin olmayan veya bağımlı», artículo 12.1.b) de la Ley n.º 5901), de modo que el hijo que ya es mayor de edad no queda excluido, sino que pasa por la segunda. La mayoría de edad se mide por el derecho turco, diga lo que diga la ley del propio hijo: menor es quien no ha cumplido dieciocho años (artículo 3.1.c) y e) del Reglamento de aplicación; artículo 11 del Código Civil turco n.º 4721), y el hijo más joven que se ha casado o ha sido declarado mayor de edad por un tribunal entra solo como dependiente. El Reglamento no fija ninguna prueba de la dependencia, así que nadie puede prometer cómo se valorará; se acredita con documentos reunidos antes de presentar la solicitud. Ningún texto fija tampoco la fecha en que se mide la minoría de edad: en 2026, un hijo que cumplió dieciocho años antes de la decisión presidencial ha sido examinado como dependiente o denegado, y los tribunales están divididos. El hijo cercano a los dieciocho años se presenta, por tanto, pronto y documentado como dependiente desde el principio.

Algunas guías publicadas en 2026 trazan dos líneas que la ley no traza. Unas dicen que el hijo de dieciocho años queda fuera aunque dependa de sus padres, y otras solo lo admiten con una discapacidad o un informe de una comisión médica; la «veya» del artículo 12.1.b) admite al hijo dependiente cualquiera que sea su edad, y ningún texto leído vincula la dependencia a una enfermedad o una discapacidad. Otras fijan la edad del hijo en el día de la solicitud; ningún texto leído fija ese día.

El hijo que queda fuera del expediente de sus padres ya no tiene la vía de la inversión: si solicita después de alcanzar la mayoría de edad, se le aplica el artículo 11, la naturalización ordinaria con sus cinco años de residencia (artículo 20.3 de la Ley n.º 5901). Cuando la patria potestad es compartida o está en disputa, el artículo 20.2 de la misma ley fija el orden del trabajo: los hijos bajo la patria potestad del progenitor que adquiere la nacionalidad la adquieren con el consentimiento del otro progenitor y, a falta de consentimiento, según la resolución del juez del país de residencia habitual de ese progenitor; el consentimiento escrito, o esa resolución, figura por tanto en el expediente antes de presentarlo. El mismo apartado dispone que la decisión adoptada para una persona no cambia la nacionalidad de su cónyuge, razón por la que el cónyuge solo entra por el artículo 12.1.b), sobre el acta de matrimonio que consta en el expediente. Un hijo nacido del matrimonio del inversor después de la decisión es turco de nacimiento, en Turquía o en el extranjero (artículo 7.1).

¿Dónde falla un expediente familiar?

En los documentos que se dejan para después. Un documento de estado civil corregido después de presentar la solicitud contradice a los que ya están en el expediente, y algunos defectos ya no tienen arreglo una vez hecha la inversión.

Se repiten los mismos puntos: la fecha del matrimonio respecto de la solicitud, un hijo que cumple dieciocho años antes de la presentación o antes de la decisión y debe entonces probar la dependencia, una resolución extranjera de custodia no reconocida, nombres que difieren de una traducción a otra, una apostilla que falta en un documento. Preparados al principio, los documentos de la familia no tienen que rehacerse uno a uno bajo la presión de un plazo.

¿Incluir a la familia o que solicite por separado?

La ley está hecha para la solicitud conjunta: la familia se examina en un solo expediente, sobre una sola inversión. Dejar fuera a un miembro rara vez tiene arreglo: el hijo que no se tramita con sus padres y solicita después de alcanzar la mayoría de edad queda sometido a la naturalización ordinaria con sus cinco años de residencia (artículo 20.3 de la Ley n.º 5901), y un cambio en la situación familiar puede cerrar una entrada que estaba abierta en la fecha de la primera solicitud.

PuntoFamilia incluida en la solicitud principalFamilia que solicita después, por separado
InversiónUna sola inversión sostiene a toda la familiaEl hijo que solicita tras la mayoría de edad pasa a la naturalización ordinaria y sus cinco años de residencia (artículo 20.3)
Coincidencia de los documentosUn único expediente coordinadoExpedientes separados, más discrepancias
Efecto del tiempoLa familia avanza con el inversorExpuesta a cambios de edad, de situación y de normas
Trabajo documentalSe prepara una vez, a la vezSe repite, a menudo bajo la presión de un plazo

Para la mayoría de los inversores casados y con hijos menores, integrar a la familia en el expediente desde el principio es la vía más segura. Cuando la situación de un familiar no está resuelta, la cuestión civil de fondo se resuelve antes de comprometerse con la vía de inversión.

Cómo prepara Serka Law Firm un expediente familiar

Hacemos la lista de cada miembro de la familia, de los documentos que necesita cada uno y de la apostilla o la legalización, la traducción jurada y la intervención notarial que pide cada documento; la familia se presenta con la inversión, en un expediente cuyos documentos coinciden.

Cuando un matrimonio, un divorcio o una resolución de custodia extranjeros deben surtir efecto en Turquía, obtenemos su reconocimiento antes de presentar la solicitud, de modo que las cuestiones de edad, patria potestad y reconocimiento quedan resueltas antes de que salga la solicitud.

Preguntas frecuentes

¿Pueden corregirse después los documentos familiares sin afectar al expediente?

A veces un documento puede rectificarse, pero una rectificación tardía suele crear discrepancias y retrasos en toda la solicitud, y algunos defectos ya no tienen arreglo una vez hecha la inversión. Los documentos de la familia se preparan y se legalizan al principio.

¿Necesita cada familiar una inversión separada?

No. La única inversión del inversor principal sostiene la inclusión del cónyuge y de los hijos menores o dependientes. El coste añadido es documental y procesal, no un umbral de inversión multiplicado.

¿Puede llevarse a distancia un expediente familiar?

No del todo. Un poder debidamente otorgado permite hacer sin viajar la compra, la tasación y las operaciones bancarias, pero la Dirección General de Registro Civil y Ciudadanía exige que el inversor comparezca en persona para obtener el certificado de conformidad, solicitar el permiso de residencia de corta duración, recoger la tarjeta de residencia y solicitar la nacionalidad.

¿Cuándo debe empezar la revisión jurídica de la inclusión familiar?

Antes de elegir la vía de inversión, para que una laguna de estado civil, un hijo cercano a los dieciocho años o una resolución extranjera que hay que reconocer se resuelvan antes de que salga el dinero.

Cónyuge e hijos: el alcance se fija antes de invertir

Cuando el expediente de ciudadanía por inversión incluye al cónyuge o a los hijos, la estrategia de inclusión se fija antes de cerrar la vía de inversión.

Áreas de práctica relacionadas: ciudadanía por inversión con dependientes en el expediente, extranjería y permisos de residencia, derecho de familia y divorcio, derecho inmobiliario y adquisición de inmuebles y defensa frente a la deportación y las órdenes de exclusión.

Información general sobre el derecho turco, no asesoramiento jurídico. No crea una relación abogado-cliente, que solo nace con un encargo firmado. Los umbrales de inversión, las tasas y los plazos de tramitación se exponen aquí tal como rigen en la fecha de esta página.

Qué más decide un expediente familiar